CPA FERRERE
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A "mangiare" la pasta ¿con o sin salsa?

La tradición indica que los domingos la familia se reúne alrededor de la mesa, cada uno frente a un plato de humeante pasta. Si se la come con salsa o sin ella, es a gusto del consumidor. Lo importante es la pasta, ¿correcto? No para la DGI.

Hace algún tiempo, una fábrica de pastas resolvió realizar una promoción como forma de incentivar la compra de sus productos. La misma consistía en incluir un sachet de salsa con cada paquete de pasta, como obsequio. La pasta y los fideos forman parte de la canasta básica familiar. Es por ello que están gravados con IVA a la tasa mínima (que era del 14% cuando la fábrica de pastas decidió realizar la promoción y hoy es del 10%).

El problema surgió cuando la empresa le consultó a DGI si el hecho de agregar el sachet de salsa variaba la situación del producto frente al IVA. La empresa estaba convencida de que la pasta debía seguir gravada con la tasa mínima, pero quiso confirmarlo.

DGI: La canasta básico no incluye la "pasta con salsa?

Para su sorpresa, la DGI no estuvo de acuerdo. Dijo que el sachet de salsa no era un producto accesorio, sino que se trataba de un producto agregado que se vendía con la pasta y que además podía ser usado en forma separada. En definitiva según la DGI ya no se trataba de pasta, sino que pasaba a ser ?pasta con salsa? y estaba gravada a la tasa básica (que en ese momento era del 23% en lugar del 22% actual). Al recibir la respuesta de la DGI a su consulta, la fábrica de pastas decidió recurrir a la Justicia, entablando una acción de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

TCA: La pasta es pasta, tenga o no tenga salsa

El TCA le dio la razón a la empresa. Según el Tribunal, para los consumidores el producto iba a seguir siendo el mismo de antes: un paquete de pasta. Como novedad, ahora vendría acompañado de un sachet de salsa.

Era notorio que el agregado de la salsa, si bien volvía más sabrosa a la pasta, tenía un fin meramente promocional. Y es en función de dicho fin, que tiene que mirarse el producto como un todo, en donde la salsa es un elemento accesorio que se agrega a la pasta, que es el elemento principal. Por lo tanto, no se perdía el tratamiento preferencial que este alimento tiene a los efectos del IVA.

Despejadas las dudas, ahora sí podemos decir: ¡a la mesa, que la pasta está servida!

Sentencia TCA Nº 625/002

Por Valeria Santin