CPA FERRERE
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Análisis de las recientes modificaciones tributarias

A continuación resumimos los principales cambios tributarios presentados en el día de ayer, 24 de mayo de 2016, en conferencia de prensa dada por las autoridades del Ministerio de Economía y Finanzas, encabezada por el Ministro Cr. Danilo Astori.


IRPF rentas de trabajo

? Los cambios propuestos implican modificaciones en las tasas de tributación y en la forma de computar las deducciones del impuesto.


Incremento de tasas por franja


? Las dos primeras franjas se mantienen iguales, estas comprenden los salarios de menos de $ 23.580 mensuales que no pagan impuesto, y lo que va desde esa franja hasta $ 33.400 pesos nominales mensuales.

? Las dos franjas siguientes, esto es la que van desde $ 33.400 y $ 50.100 se incrementan en 3 puntos cada una, pasando a 18% y 23% respectivamente.

? Por último, las últimas tres franjas, que corresponden a ingresos mayores a $ 167.000 se incrementan en 4 puntos cada una pasando a 26%, 29% y 34%.

? En el recuadro 1 adjunto exponemos las tasas actuales y propuestas por franja.


Deducciones


? Todas las deducciones computables (aportes patronales, hijos menores a cargo, etc.) pasan a considerarse a una tasa fija del 8%.

? Actualmente las deducciones se computan a tasas progresionales siendo la más baja 10% correspondiente a unos $ 9.000 de deducciones mensuales.


A continuación exponemos algunos ejemplos del efecto de estos cambios:


- Una persona sin hijos que hoy gana $ 45.000 nominales, paga actualmente $ 2.264 por mes, y con los cambios propuestos pasará a pagar $ 2.584 por mes, es decir, un aumento de $ 320 ($ 143 por cambio tasas y $ 177 por menor tasa deducciones).

- Una persona sin hijos que hoy gana $ 180.000 nominales, paga actualmente $ 28.532 por mes, y con los cambios propuestos pasará a pagar $ 34.506 por mes, es decir, un aumento de $ 6.154 ($ 4.627 por cambio tasas y $ 1.527 por menor tasa deducciones).


IASS

? Las primeras dos franja del Impuesto a la Asistencia de la Seguridad Social (IASS) no tendrán cambios. Esto incluye las pasividades de hasta $ 50.100.

? Luego, las pasividades que están gravadas con 20% suben tres puntos y pagarán por el 23%. Incluye ingresos entre $ 50.100 y 167.000. Por encima de $ 167.000 pasan de tributar 25% a 29%.

? En el cuadro 2 detallamos las tasas actuales y las modificaciones propuestas.


IRPF rentas de capital

? Se produce una modificación de las tasas aplicables aumentando las alícuotas inferiores. A continuación detallamos las modificaciones planteadas.

Se eleva del 3% al 7% la alícuota aplicable a:

o Intereses de depósitos en MN y UI superiores a 1 año en instituciones financieras de plaza;

o Intereses de obligaciones y otros títulos de deuda emitidos por entidades residentes con plazo mayor a 3 años;

o Rentas de certificados de participación de fideicomisos financieros con plazo mayor a 3 años.

Se eleva del 5% al 7% la alícuota aplicable a los intereses correspondientes a los depósitos en instituciones financieras a un año o menos en MN y UI sin cláusula de ajuste.


IRAE ? distribución de utilidades


Pago de IRPF por distribución ficta a los tres años de generadas las utilidades


? Actualmente se grava al accionista por el 7% cuando las utilidades son distribuidas, es decir, cuando efectivamente el accionista retira los fondos de la empresa.

? La modificación propuesta implica un cambio sustancial dado que las utilidades se presumen distribuidas cuando alcanzan una antigüedad superior a 3 sin distribuirse desde que fueron generadas. En dicho momento se gravan con la tasa del 7%, sean efectivamente distribuidas al accionista o no.


Eliminación de exoneración en sociedades personales


? Se propone gravar al 7% la distribución de utilidades de sociedades con contabilidad suficiente prestadoras de servicios profesionales y personales.

? Estas sociedades actualmente cuentan con una exoneración que permite no gravar las distribuciones a sus socios cuando las rentas obtenidas no superen los 4 millones de UI en el ejercicio anterior (USD 435.000 aprox.).


IRAE ? límite al cómputo de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores

? Se permite deducir las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores acumuladas durante los últimos 5 periodos hasta alcanzar el 50% del resultado fiscal positivo.

? Actualmente las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores son actualizadas por la evolución del IPC y deducidas íntegramente de la renta fiscal generada en los 5 ejercicios siguientes.

? Con esta modificación se genera un efecto directo en el IRAE a pagar por la empresa ya que debe pagar por lo menos el 50% del impuesto generado por la renta de cada año aun teniendo pérdidas fiscales anteriores.


IRAE ? eliminación de deducción de sueldos fictos

? Se elimina el ajuste que permite deducir como gasto los sueldos fictos patronales, pasando a admitirse la deducción del sueldo patronal real.

? Actualmente las sociedades personales pueden deducir como sueldo ficto 11 BFC mensuales a condición de que el dueño o socio preste efectivamente servicios. Con la modificación propuesta se elimina esta posibilidad.

? Esta medida alcanzaría únicamente a aquellas empresas con contabilidad suficiente, no a las más pequeñas (facturación anual mayor a 4 millones de UI).


Rebaja del IVA

? Se propone reducir 2 puntos de IVA para las compras con débito o instrumentos de dinero electrónico.

? Actualmente, en aplicación de la Ley de Inclusión financiera, las compras con tarjeta de débito cuentan con una reducción de 3 puntos del IVA, que pasará a ser de 2 a partir del 1 de agosto. Con esta medida, la rebaja total de IVA a partir del 1º de enero 2017 volverá a ser de 4 puntos, como en el primer año de aplicación de la LIF.