CPA FERRERE
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Aprueban Ley 18.930 que regula acciones al portador

Entrando en vigencia a partir del 1º de agosto de 2012, fue aprobada la Ley 18.930, que regula las participaciones patrimoniales al portador.

Según lo dispuesto por dicha ley, los titulares de participaciones al portador deberán informar, a través de la entidad emisora, al Banco Central del Uruguay (BCU) sus tenencias accionarias, quedando excluidas de esta regulación las participaciones patrimoniales nominativas o escriturales.

La ley prevé una sanción para aquellas entidades que no cumplan con lo dispuesto de hasta 100 veces el valor máximo de la multa por contravención. Los titulares que no informen a la entidad no podrán ejercer sus derechos de participación en la sociedad, además de ser sancionados con dicha multa.

Acceda al texto completo de la Ley 18.930 en los Recursos Asociados a esta nota.