Aumento del salario mínimo
- 23.06.2026
- Paraguay
El Poder Ejecutivo, mediante el Decreto N° 6225 del 17 de junio de 2026, dispuso un reajuste del 5% en los sueldos y jornales mínimos del sector privado, en base a la recomendación elevada por el Consejo Nacional de Salarios Mínimos (CONASAM) y la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Con este ajuste, el nuevo salario mínimo legal para actividades diversas no especificadas será de Gs. 3.044.000 y el jornal mínimo quedará establecido en Gs. 117.077. Estos montos sustituyen a los vigentes desde el Decreto N° 4122/2025 y entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2026.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) queda autorizado para reglamentar los salarios correspondientes a actividades específicas y para publicar oficialmente el reajuste, por lo que se recomienda estar atentos a futuras resoluciones complementarias.
Desde CPA FERRERE, recomendamos a las empresas revisar y actualizar sus planillas salariales antes de la fecha establecida, a fin de asegurar el cumplimiento normativo. Cabe recordar que el no pago del salario mínimo constituye una infracción y puede ser sancionado con multas de 10 a 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado, por lo que la actualización oportuna resulta clave para evitar contingencias.
Nuevos montos vigentes desde el 1 de julio de 2026
Laboral
- Salario mínimo legal: Gs. 3.044.000
- Salario por día nocturno: Gs. 131.907
- Aporte obrero: Gs. 273.960
- Aporte patronal: Gs. 502.260
- Hora diurna (tiempo parcial): Gs. 14.635
- Hora nocturna (tiempo parcial): Gs. 21.743
- Jornal (30 días): Gs. 101.467
- Jornal (26 días): Gs. 117.077
- Bonificación familiar (por hijo): Gs. 152.200
Impositivo
- Base imponible sujeta a retención del IVA: Gs. 1.170.769
La actualización del jornal mínimo impacta automáticamente en el valor de multas y sanciones calculadas sobre dicha base, incluyendo las multas por comunicaciones tardías en el REOP, entre otras obligaciones administrativas y de tránsito.