CPA FERRERE
CPA FERRERE

Devolución de FONASA

El jueves 9 de agosto de 2012 el Banco de Previsión Social emitió un comunicado al respecto de la devolución por los aportes de FONASA excedente correspondiente al ejercicio 2011.

A continuación haremos una breve reseña sobre los casos en que las personas se beneficiarán y la información al respecto emitida en el comunicado.

¿Quienes podrán hacerse del beneficio?

Este beneficio contempla a todos los trabajadores dependientes afiliados a través del BPS, Caja Notarial, Bancaria y Profesional; a los trabajadores independientes amparados a BPS, los titulares de servicios personales profesionales y a los jubilados y pensionistas.

El Banco de Previsión Social devolverá los aportes a FONASA realizados durante el año 2011 que superen la siguiente fórmula que define su ?tope?:

(CPE x Meses del beneficio x cantidad de beneficiarios) x 1,25

Siendo:

  • CPE : Costo Promedio Equivalente el cual se ubicó en los siguientes valores para el año 2011:
Vigencia Valor
Enero/2011 $ 1.348,23
Julio/2011 $ 1.450
Setiembre/2011 $ 1.456
  • Meses del beneficio: es la cantidad de meses en el que los beneficiarios estuvieron afiliados al FONASA. A modo de ejemplo, una persona que durante el año 2011 comenzó a trabajar el 1º de Julio, serán 6 meses.
  • Cantidad de beneficiarios: En el caso de tener menores a cargo, se asignará en partes iguales entre quienes le atribuyan amparo. En el caso de tener cónyuge que no aporte al sistema, la cantidad se incrementará por una vez más.
  • 1,25: al valor calculado anteriormente se incrementa en un 25% solidario, según la normativa establece. (este 25% conforma lo que sería el aporte adicional de los mayores aportes que subsidien en el sistema a los de menores ingresos).

No requerirá trámites previos

Todos aquellos contribuyentes que obtengan este beneficio no requerirán de ningún trámite ni registro.

Quienes tengan saldo a cobrar podrán pasar a partir del 24 de Setiembre de 2012 por Abitab, Red Pagos, Correo o Anda con su documento de identidad para hacerse del dinero.

Descuentos por IRPF

Los contribuyentes de IRPF que obtengan la devolución percibirán el neto por un descuento del 20% por retención de IRPF correspondiente a la baja en las deducciones de su liquidación (cabe destacar todo aporte de FONASA se considera deducción y así se consideraron estos aportes para el año 2011 que ahora se devuelven).

Tanto la devolución, como la retención deben tenerse en cuenta para el IRPF correspondiente al año 2012.

¿Cómo puedo saber si me devolverán dinero?

A partir del 15 de Agosto de 2012 BPS dispondrá en su web (www.bps.com.uy) un simulador en el cual los usuarios podrán realizar los cálculos para saber si obtendrán el beneficio.

Desde el 17 de setiembre de 2012 cada beneficiario podrá ingresar a la web de BPS para consultar el detalle de la devolución con los siguientes datos:

  • Nº de Documento de Identidad
  • Nº de empresa en BPS
  • Fecha de ingreso a la empresa
  • Fecha de nacimiento

Solicitud a Empresas

Al momento de recabar y compilar la información BPS ha detectado carencias o inconsistencias referidas a trabajadores que aportan por el 6% de FONASA y no tienen hijos beneficiarios asociados.

Por este motivo solicita la colaboración de las empresas empleadoras, a las que enviará un correo electrónico con la lista de las personas en estas condiciones que deberán presentar declaración jurada. También solicita que las modificaciones que surjan de estas declaraciones se realicen antes del 31 de agosto, y de esta forma evitar el retraso de la eventual devolución al trabajador.

Escribe:
Gonzalo Colistro
Senior del Departamento de Outsourcing de Procesos de Negocio.