CPA FERRERE
CPA FERRERE

Los dividendos generados antes de la Reforma Tributaria no pagan IRPF

IRPF sobre dividendos

Un reciente decreto del poder ejecutivo establece que los dividendos correspondientes a utilidades generadas antes de la entrada en vigencia de la reforma tributaria -1º de julio de 2007- no están gravados por IRPF. Queda sin efecto de esta forma un criterio que sin apoyo legal venía sosteniendo la DGI.

¿Por qué era necesaria esta norma?

En realidad, la propia Ley de Reforma Tributaria ya establecía que los dividendos girados a los accionistas luego de su entrada en vigencia pero que provenían de utilidades generadas antes de julio de 2007 no debían pagar IRPF. Eso era lo que decía la norma, y lo que entendían todos. O casi todos?

En respuesta a distintas consultas, la DGI dio una interpretación contraria a la sostenida por el resto del mundo. De acuerdo al organismo podía haber utilidades generadas antes de la Reforma Tributaria y que sin embargo quedaran gravadas por el IRPF a la tasa del 7% al momento de la distribución.

Utilidades contables o fiscales, esa es la cuestión?

Cuando se gravó con IRPF a las distribuciones de dividendos se estableció también que el impuesto no aplicaba a los resultados acumulados hasta la aplicación de la reforma. Sin embargo, la norma no aclaró si se refería a resultados contables o fiscales. Y la DGI entendió que la referencia era a resultados fiscales.

Esta distinción se volvía importante cuando una empresa tenía utilidades contables para distribuir, pero no ganancias fiscales (lo cual es perfectamente posible dado que los criterios para determinar una y otra son distintos). En ese caso, la DGI sostenía que solo correspondía distribuir dividendos sin IRPF hasta el monto de la ganancia fiscal y hacía la ficción de que los resultados contables a distribuir corresponden a un resultado fiscal que se genera después de la Reforma Tributaria, y que por ende queda gravado por el IRPF. La nueva norma establece que los resultados contables generados antes de la Reforma Tributaria no quedan gravados por el IRPF. No importa si la empresa tuvo un resultado contable mayor al fiscal o si directamente tuvo pérdidas fiscales. En ningún caso quedan gravados los dividendos.

Por Javier Metre y Jimena Zeballos