CPA FERRERE
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Novedades: Criterios Básicos Generales de funcionamiento del Decreto N°268/020

Con fecha 07 de octubre la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (COMAP) publicó los criterios básicos generales de funcionamiento que reglamentan el nuevo Decreto N°268/020 publicado recientemente por el Poder Ejecutivo, con nuevas condiciones que estimulan la inversión, la Generación de empleo y flexibilizan el acceso a los beneficios.

Principales modificaciones sobre las inversiones con respecto al Decreto N°143/018

-Activos intangibles: se incorporan como elegibles las inversiones en activos intangibles
-Marco temporal: se elimina el tope del 20% de la inversión ya ejecutada sobre el total de la inversión elegible del proyecto.
-Cronograma de inversiones: el cronograma de inversiones puede extenderse por hasta un máximo de 10 ejercicios, superior al plazo máximo de 5 ejercicios establecido en el régimen anterior.
-Ampliaciones: aquellas empresas que cuenten con proyectos promovidos podrán presentar ampliaciones durante el plazo de utilización de la exoneración de IRAE. Podrán presentar una única ampliación y no será necesario el incremento proporcional de indicadores si la misma es por hasta el 30% de la inversión promovida del proyecto original.
-Mejoras en inmuebles de terceros: se reduce de cinco a tres años la exigencia en cuanto al plazo remanente de los contratos de arrendamientos.

Matriz general de indicadores

-El puntaje mínimo para acceder a los beneficios del régimen es 1 punto, lo que se corresponde con un beneficio de IRAE equivalente a un 30% de la inversión elegible. En el régimen anterior, el puntaje mínimo de 1 punto equivalía a un 20% de beneficio sobre la inversión elegible.
-En caso de optar por el indicador de Descentralización, se debe alcanzar al menos 1 punto en el resto de los indicadores (en el régimen anterior la exigencia era de un mínimo de 0,5 puntos en indicadores distintos a descentralización).
-Se extiende a 4 ejercicios el plazo mínimo de utilización del beneficio de IRAE, el cual podrá extenderse por hasta un máximo de 25 años en función de la inversión elegible comprometida. Dicho plazo podrá suspenderse por hasta dos ejercicios, consecutivos o no. El incremento en el plazo mínimo y la posibilidad de suspenderlo por hasta dos ejercicios representa un beneficio para aquellos proyectos en los cuales el repago de la inversión está más dilatado en el tiempo.
-Cronograma de indicadores: se reduce el cronograma de cumplimiento de indicadores de cinco a tres ejercicios, lo cual disminuye la exigencia en cuanto al plazo en el cual las empresas deben mantener las externalidades asociadas a la inversión.
-Control de cumplimiento de indicadores: la norma establece que se realiza una vez finalizado el cronograma de indicadores, admitiéndose un margen de tolerancia del 20% respecto al puntaje comprometido. El régimen anterior exigía realizar el control de manera anual, y con un margen de tolerancia del 10%.

Indicadores

Generación de empleo:


- Ponderación: se incrementa la ponderación en la matriz genera de indicadores a 50% sobre el puntaje obtenido por el proyecto, lo cual supone un fuerte estímulo a las empresas que opten por este indicador en comparación con los regímenes anteriores. A modo de referencia, la ponderación en el decreto anterior (N° 143/018) era de 40%, y en el Decreto N°2/012 era del 30%.
- Cómputo de empleados: se computa un empleo incremental por cada trabajador mensual que cumpla un régimen de 30 horas semanales o 130 horas mensuales en el caso de trabajadores jornaleros. El régimen anterior exigía el cumplimiento de 40 horas semanales o 173 horas mensuales para el caso de jornaleros.
- Situación actual: la empresa podrá optar por computar como situación actual de empleo el promedio de los doces meses previos a la presentación del proyecto o el promedio de doce meses previos a la fecha de la factura más antigua asociada al proyecto. Esto supone una mayor flexibilidad para las empresas y una innovación con respecto al régimen anterior, que limitaba el cálculo de la situación actual al promedio de los doces meses previo a la presentación de proyecto.
- Puntaje adicional: los proyectos de inversión presentados antes del 31 de diciembre del 2020 que se comprometan al indicador Generación de empleo, obtendrán un punto adicional en dicho indicador.
- Matriz simplificada:
Se establece una matriz simplificada para los proyectos de inversión que solamente se comprometan al indicador Generación de empleo, asignándoseles un puntaje por el incremento de trabajadores con relación al monto total de inversión comprometida. Esta innovación del Poder Ejecutivo supone un fuerte incentivo para aquellas empresas cuyos proyectos de inversión pueden comprometerse únicamente a la Generación de empleo.
En este caso, el porcentaje mínimo de exoneración de IRAE es de 42%, que podrá ser utilizado en un plazo de 5 años, mientras que el máximo beneficio que se podría obtener de optar por esta matriz simplificada es de 69%, a utilizar en un plazo de 7 años.


Aumento de las exportaciones:
- Clasificación según inversión comprometida: los proyectos de inversión se clasifican en función del monto de inversión elegible comprometida, a partir del cual se asigna el puntaje según el incremento mínimo por categoría:
- Para el cálculo de la situación inicial, se permite optar por los mismos dos periodos que para el indicador Generación de Empleo.

Descentralización
- Puntaje: el puntaje del indicador varía entre 4 y 10 puntos y se asigna a cada departamento en función de la caída del empleo medida por la Tasa de Empleo, utilizando como fuente la Encuesta Continua de Hogares del 2019. Se elimina la distinción del puntaje en función de la ubicación dentro del departamento (Capital o resto del Departamento).
- Cómputo para inversiones desarrolladas en Montevideo: se otorga un puntaje de 6 puntos a los proyectos localizados en el departamento de Montevideo, lo cual favorece a las empresas que tengan previsto realizar inversiones en la capital. Para optar por este indicador, será necesario alcanzar al menos 1 punto ponderado adicional en otro indicador.
- Se elimina la restricción de tener que necesariamente generar un punto en el indicador Generación de empleo para poder computar por el de Descentralización.

Investigación, desarrollo e innovación
- El primer proyecto que cumpla con los requisitos establecidos por COMAP para computar por el indicador obtendrá el 100% del puntaje. Asimismo, los proyectos que cumplan las mismas condiciones de I+D+I que sean presentados dentro del año siguiente, obtendrán el 70% del puntaje y los que se presenten con posterioridad al primer año y hasta el segundo, obtendrán el 30% del puntaje. Esto supone una innovación con respecto al régimen anterior, en el cual solamente podía acceder al puntaje el primer proyecto presentado y aprobado por ANII.

Indicadores Sectoriales
El nuevo Decreto incorpora una serie de cambios en materia de indicadores sectoriales (específicos y comunes a todos los sectores). Cabe destacar que los proyectos podrán utilizar un indicador sectorial de acuerdo con el giro de actividad de la empresa.

   Indicadores para todos los sectores
    - Se eliminan los indicadores “Desarrollo del Mercados de Capitales” y “Energías renovables de vanguardia”.
    - Se incorpora el indicador “Mejora de la empleabilidad del personal”: el objetivo es promover la capacitación de los trabajadores, considerando los gastos en capacitación con respecto al total de remuneraciones salariales.

  Indicadores evaluados por el Ministerio de Economía y Finanzas
    - Se incorpora el indicador “Índice de Mantenimiento de Actividad” para los proyectos presentados hasta el 31 de diciembre de 2021. El objetivo del indicador es compensar a las empresas en el caso que existan sobre costos relevantes de energía eléctrica, agua, comunicaciones, gas natural y combustible.
    - Se incorpora el indicador “Nivel tecnológico del Producto Elaborado” para inversiones en generación de energía proveniente de fuentes renovables.

  Indicadores evaluados por el Ministerio de Turismo
    - Se incorpora el indicador “Nivel tecnológico del Producto Elaborado” para inversiones en generación de energía proveniente de fuentes renovables.
Indicadores evaluados por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
    - Se incorporan los indicadores “Encalado de suelos” con el objetivo de mejorar la acidificación de suelos, “Contribución a las exportaciones del sector agropecuario” que permite computar las exportaciones indirectas, y “Nivel tecnológico del Producto Elaborado” para inversiones en generación de energía proveniente de fuentes renovables.

  Indicadores evaluados por el Ministerio de Industria, Energía y Minería
    - Se elimina el indicador “Sello de la Industria Nacional”

Caso de Negocio

A efectos de visualizar con mayor claridad el impacto potencial del nuevo Decreto, resulta relevante analizar un caso práctico de negocio.

Supuestos considerados:
• Empresa nueva
• Inversión del proyecto: USD 500k
• Empleos generados: 15 puestos de trabajo
• Renta fiscal esperada: USD 150k anuales

En conclusión, el beneficio potencial para un proyecto tipo como el descripto anteriormente es similar al otorgado por el Decreto N° 455, pero en la práctica, la facilidades en términos de plazo que ofrece el nuevo Decreto permiten lograr un aprovechamiento significativamente superior por parte de las empresas que realizan inversiones.

En el Webinar que CPA FERRERE realizará el próximo miércoles 14 de octubre, se analizará en mayor profundidad el alcance del Decreto N° 268/020 y se profundizará en otros casos de negocio.