CPA FERRERE
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Novedades Tributarias de Noviembre y Diciembre

A continuación se mencionan las principales novedades tributarias de noviembre y diciembre de 2010.

1. BENEFICIOS A LAS INVERSIONES

  • Decreto Nº 332/010 establece alcance de beneficios por inversiones y estipula como se considera el beneficio cuando una empresa tiene más de un proyecto aprobado.

La norma establece: i) el alcance de los vehículos que se consideran no utilitarios, y que por lo tanto no entran en el beneficio; ii) incluye a las inversiones en plantaciones de árboles y arbustos frutales plurianuales dentro de los bienes elegibles, y; iii) regula el cómputo del beneficio cuando hay superposiciones de proyectos.

Cuando hay superposición de proyectos la norma establece que el beneficio potencial a computar es la suma de los importes de exoneración correspondientes a cada proyecto considerado en forma individual. En este caso el tope de exoneración a considerar es igual al tope del proyecto que tiene el límite más alto. A modo de ejemplo si un proyecto tiene un tope de exoneración del 80% del IRAE y otro tiene el 50%, el tope a considerar es el 80% del IRAE.

  • Consulta 2/2010 de la COMAP establece la forma en que se computan los plazos para beneficios otorgados cuándo la empresa solo tiene ingresos no operativos.

La consulta establece que el primer año a partir del cuál empieza a correr el plazo para el cómputo de la exoneración de IRAE es aquel en el que se generen ingresos operativos. En este sentido se menciona que no serán tenidos en cuenta para el cómputo de los plazos los ingresos por intereses ganados, , descuentos recibidos, otros ingresos diversos etc.

No obstante es importante tener en cuenta que la consulta menciona que para no considerar estos ingresos, a efectos del cómputo del plazo, es necesario solicitar autorización a la COMAP.

2. ZONAS FRANCAS

  • Proyecto de Ley dispone la derogación del Artículo 102 de la Ley 18.083 de Reforma Tributaria.

El Artículo 102 establece, en forma declarativa, que los usuarios de zona franca pueden desarrollar todo tipo de actividades fuera del territorio nacional o dentro de cualquier zona franca. Ya sea, en este último caso, que se realicen en beneficio de usuarios directos o indirectos de cualquier zona.

En los considerandos del proyecto se esgrime como argumento para la derogación el hecho de que la norma ha sido interpretada en forma incorrecta.

  • Decreto 344/010 dispone requisitos para usuarios de zona franca.

El decreto regula condiciones de comunicación, autorización y plazos de contratos de usuarios de zona franca. Para la autorización de contratos se tendrá en cuenta: i) si genera empleo directo o indirecto en la zona franca; ii) si desarrolla su actividad en dicha zona, utilizando o aprovechando las instalaciones de la zona, y iii) si la empresa tiene domicilio fiscal en la zona franca.

3. CRÉDITO DE IVA PARA IAMC

La Ley 18.707 faculta al Poder Ejecutivo a otorgar a las IAMC un crédito fiscal por hasta diez puntos porcentuales de los ingresos correspondientes a las cuoas de afiliaciones individuales no vitalicias., las cuotas de afiliaciones colectivas, sobrecuotas de gestión y sobrecuota de inversión.

El crédito podrá utilizarse para el pago de tributos de DGI o BPS. Dicha facultad podrá ser ejercida hasta diciembre de 2012.

4. DEDUCCIÓN DE INTERESES PARA EL IRAE POR ADMINISTRADORAS DE CRÉDITO

El Poder Ejecutivo modificó el límite de deducción de intereses pagados por empresas cuya actividad habitual y principal sea la de administrar créditos interviniendo en las ventas de bienes y prestaciones de servicios y la de realizar préstamos.

En los casos de préstamos otorgados por contribuyentes del IRPF o IRNR el límite de deducción de intereses se fija en la tasa media anual del mercado de operaciones corrientes de crédito bancario para pequeñas y micro empresas. A estos efectos se debe considerar la tasa vigente para el trimestre inmediato anterior al comienzo del ejercicio.

Este límite aumenta la posibilidad de deducir los intereses. Esto por cuanto el límite se establecía en las tasas medias fijadas para empresas grandes y medianas. Y estas últimas eran inferiores a las tasas establecidas para micro y pequeñas empresas.

Esta información ha sido elaborado con la finalidad de comentar las novedades tributarias más relevantes del mes. No pretende analizar con detenimiento ninguna norma y no constituye en sí una base suficiente para la toma de decisiones sin consultar previamente con los profesionales de CPA/Ferrere. CPA/Ferrere no asume responsabilidad por las decisiones adoptadas sin una consulta previa, directa y específica con nuestros profesionales