CPA FERRERE
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Nueva sanción por omisión de registro de Estados Contables ante la AIN

El artículo 270 del proyecto de ley de Rendición de Cuentas correspondiente al Ejercicio 2011 faculta a la Dirección General de Impositiva (DGI) a suspender la vigencia de los certificados anuales que hubiera expedido, cuando el contribuyente omitiera a registrar sus estados contables ante la Auditoria Interna de la Nación (AIN).

El certificado único emitido por DGI es el certificado que acredita a los sujetos pasivos que realizan actividades comerciales, industriales, de servicio y agropecuaria se encuentran al día con sus obligaciones formales y pago de tributos administrados por la DGI.

Es exigible para la obtención y renovación de créditos bancarios, realización de trámites y cobros ante organismos del Estado, distribución de utilidades en caso de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada, importación y exportación.

En consecuencia, su suspensión puede provocar pérdidas importantísimasa las empresas en la medida que afecta directamente el desarrollo de su actividad comercial y la obtención de fuentes de financiamiento.

¿Cuales son las empresas obligadas a registrar sus estados contables en AIN?

El articulo N° 97 bis de la Ley de Sociedades Comerciales establece, que las sociedades comerciales, cualquiera sea su forma, cuyos activos totales al cierre de cada ejercicio anual superen las 30.000 UR (hoy $ 17.541.300), o que registren ingresos operativos netos durante el mismo periodo que superen las 100.000 UR (hoy $ 58.471.000), deberán registrar ante la AIN sus estados contables.

¿Cual es el plazo que tiene una sociedad para registrar sus EECC?

Las sociedades comerciales obligadas deberán registrar sus estados contables dentro de los 180 días siguientes a la finalización de su ejercicio económico.

¿Cuales son los requisitos formales para registrar estados contables?

Las sociedades deberán registrar sus estados contables en el formulario tipo otorgado por AIN.

La AIN emite una Constancia de Registro a la empresa que haya presentado toda la documentación de acuerdo a los requerimientos exigidos por este organismo.

Con la finalidad de mejorar el funcionamiento del Registro de Estados Contables, AIN está trabajando en eldiseño e implementación del Registro de Estados Contables Electrónico en extensible Business Reporting Language (XBRL).

¿Qué otras consecuencias tiene para las sociedades comerciales, que obligadas por la ley, no registren sus estados contables en la AIN?

Prohibición de distribuir utilidades

La ley de Sociedad Comerciales dispuso que las sociedades que se encuentren en omisión de registrar sus estados contables no podrán distribuir las utilidades resultantes de su gestión social. Por su parte, el decreto 253/001 faculta a la AIN, en caso de infracción, a aplicar sanciones de apercibimiento, apercibimiento con publicación y multa en caso de incumplimiento.

Si bien AIN no ha aplicado sanciones a las empresas que distribuyan dividendos en omisión de registrar sus Estados Contables, debe tenerse en consideración el artículo 8 del Código Civil que establece que lo hecho en contra de las normas prohibitivas será nulo. Por lo que, la distribución de dividendos realizada por sociedades que obligadas a registrar sus estados contables no lo hubieran hecho, será nula.

Presentación de la Constancia de Registro para realizar trámites en DGI

El Decreto 353/001 sustituye el artículo 9 del decreto 253/001 estableciendo que la DGI será el organismo encargado de exigir para la realización de determinados trámites, la presentación de la constancia de haber cumplido con la inscripción de los registros de los Estados Contables. En consecuencias, la omisión de registrar los Estados Contables en AIN puede trabar los trámites que las empresas deben realizar ante el organismo fiscal.

Escribe:
Cra. Noelia Alonso
Supervisor de Sociedades y Trabajos Corporativos.