CPA FERRERE
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Nuevos beneficios transitorios a los proyectos presentados en el marco del Régimen de Promoción de Inversiones

El Poder Ejecutivo emitió el Decreto N° 79/018 que realiza cambios en los Decretos Nº 455/007 y Nº 2/012 que buscan generar estímulos adicionales a la inversión.

a) Incremento de los beneficios otorgados por el Decreto Nº

455/007:

1. Se generan incentivos adicionales a las inversiones realizadas dentro del período comprendido entre el 1 de marzo de 2018 y el 28 de febrero de 2019 en los proyectos presentados en el marco del Decreto Nº 455/007. El monto de las inversiones realizadas en dicho período se incrementará en un 20%, computándose entonces por un 120% a los efectos del cálculo del monto de exoneración del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE). Se establece a su vez, que dicho cómputo adicional no se deduce del monto total exonerado.

b) Incremento de los beneficios otorgados por el Decreto N° 2/012:

1. Los proyectos presentados durante el período comprendido entre el 1 de marzo de 2018 y el 28 de febrero de 2019, incrementarán el porcentaje de exoneración de IRAE en un 10%, siempre que la ejecución de la inversión alcance al menos el 75% del total de la inversión comprometida hasta el 31 de diciembre del 2019.

A modo de ejemplo, si un proyecto de inversión obtiene el 20% de exoneración de IRAE, el mismo se incrementará al 22%.

2. Se generan incentivos adicionales a las inversiones realizadas dentro del período comprendido entre el 1 de marzo de 2018 y el 28 de febrero de 2019 en los proyectos presentados en el marco del Decreto Nº 2/012. El monto de las inversiones realizadas en dicho período se incrementará en un 20%, computándose entonces por un 120% a los efectos del cálculo del monto de exoneración del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE). Tal como lo establece el Decreto, dicho cómputo adicional no se deduce del monto total exonerado.

Cabe aclarar que los beneficios transitorios mencionados anteriormente son acumulables.