CPA FERRERE
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Nuevos valores de percepción del IVA por venta de carne y menudencias

Se fijan nuevos valores a efectos de la percepción del IVA por la venta al público de carnes y menudencias, así como el IVA que deben tributar quienes vendan al público el producido de la faena realizada por ellos, de animales de su propiedad.

1°) Para practicar la percepción a que refiere el numeral 1º) de la Resolución Nº 451/985, se fijan los siguientes precios fictos por kilo de venta al público sin IVA.

 

Media res $289,59
Cuarto delantero $246,15
Cuarto trasero $333,03

2°) Fijase en el 20% el valor agregado en la etapa minorista a que hace mención el numeral 2º) de la Resolución Nº 451/985.

3º) Para practicar la percepción establecida en el numeral 3º) de la Resolución Nº 451/985, los precios a multiplicar por los kilos de carnes y menudencias obtenidas en la faena serán los siguientes:

 

Carne bovina media res $289,59
Carne ovina, cordero $226,06
Carne ovina, borrego, capón, oveja $158,24
Menudencias $246,22

4º) Los contribuyentes mencionados en el numeral 5º) de la Resolución Nº 451/985, del 28 de agosto de 1985, computarán como impuesto los siguientes importes:

 

Por kilo de carne bovina (media res) $28,96
Por kilo de carne ovina, cordero $22,61
Por kilo de carne ovina, borrego, capón, oveja $15,82
Por kilo de menudencias $24,62