CPA FERRERE
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Obligación de presentar la información de seguimiento de los Proyectos de Inversión promovidos por el Poder Ejecutivo

En forma adicional a las sanciones previstas por el artículo 12° del Decreto Nº 002/012 para aquellas empresas que no cumplieron con la obligación de presentar la información anual de seguimiento de los proyectos que lograron exoneraciones fiscales en el marco de la Ley de Inversiones, la COMAP (Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones), emitió una nueva Circular que impone un nuevo requisito para la aprobación de Proyectos y Ampliaciones de las empresas que se encuentren en dicha situación de incumplimiento.

Según Circular N° 2/14 - REQUISITO PARA LA APROBACIÓN DE PROYECTOS y AMPLIACIONES emitida la pasada semana por la COMAP, las empresas que cuenten con Proyectos de Inversión y quieran presentar una ampliación del mismo o un proyecto nuevo, deberán encontrarse en situación de cumplimiento de la entrega de información necesaria para el seguimiento por parte de la COMAP del proyecto original.El plazo establecido para la entrega del Control y Seguimiento de los Proyectos de Inversión es de 4 meses desde el cierre de ejercicio de la empresa y adicionalmente se podrá extender 30 días hábiles más.