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Uruguay: Se crea Línea Especial de Garantías SiGa Emergencia y se subsidia tasa de comisión

El Sistema Nacional de Garantías (SiGa) está constituido por fondos destinados a garantizar un determinado porcentaje del capital de los créditos que las Instituciones Financieras, habilitadas a operar en el Sistema, otorguen a empresas que no cuentan con garantías suficientes.

Incremento de fondos y subsidio de tasa de Comisión

El SiGa, mediante comunicación realizada en marzo 2020 y como consecuencia de la emergencia sanitaria, aumenta los fondos del Sistema Nacional de Garantía para la línea SIGA Pyme, haciendo posible el otorgamiento de préstamos a Pymes por hasta USD 2.500 millones.

Adicionalmente, se exonera el 70% de la comisión que cobra el sistema de garantías.

Línea Especial de Garantías SiGa Emergencia

Ante las medidas de apoyo anunciadas como consecuencia de la emergencia sanitaria declarada por el Poder Ejecutivo en marzo de 2020, la Corporación Nacional para el Desarrollo, en conjunto con el Ministerio de Economía y Finanzas, la Agencia Nacional de Desarrollo y CONAFIN AFISA (fiduciario financiero de CND) lanzan una nueva línea de garantías más flexible y económica para respaldar los créditos de las micro, pequeñas y medianas empresas.

Esta nueva herramienta de SiGa está destinada a todas las empresas que han visto afectada su operativa y sus posibilidades de financiamiento en el marco de la emergencia sanitaria, y no cuentan con garantías necesarias o suficientes para respaldar sus necesidades de crédito.

Requisitos para acceder a SiGa Emergencia 

  • Ser una empresa formalizada, tener capacidad de pago y estar al día con las obligaciones de DGI y BPS. 
  • Si la empresa ya cuenta con un crédito activo en febrero de 2020, debe tener menos de 59 días de atraso en el pago de sus créditos al 29 de febrero de 2020. 

¿Cómo se accede? 

La solicitud del crédito se realiza directamente en cualquiera de las instituciones adheridas.  

Instituciones Financieras adheridas: Banco ITAU, Banco República, Banco Bandes, BBVA, HSBC, Scotiabank, Bancos Santander, FUCAC, FUCEREP.

Instituciones Microfinanzas adheridas: CINTEPA, IPRU, República Microfinanzas, COOPACE, FEDU, PROLECO.

 ¿Qué destino debe tener el crédito solicitado? 

El crédito puede ser solicitado para nuevo capital: de trabajo o de inversión, o para ser utilizado en reestructurar deudas previas y alargar plazos de pago.  

 ¿Qué porcentaje y monto del crédito cubre la garantía? 

En aquellos casos en los cuales la empresa esté solicitando un nuevo crédito, la garantía cubre hasta el 80% del capital prestado.  

Si la empresa está reestructurando una deuda previa para alargar los plazos de pago, la garantía cubre entre un 70% y un 50% del saldo del crédito, dependiendo de la cartera de los créditos garantizados por SiGa en cada institución. 

SiGa Emergencia cubre un monto mínimo de UI 16.000 de garantía y un máximo de UI 1.200.000 de garantía.  

Si se trata de un nuevo crédito, asumiendo un 80% de cobertura de la garantía, el rango de créditos es de USD 2.000 hasta créditos de USD 153.000 aproximadamente. 

 ¿Qué costo tiene la garantía? 

Costos de la garantía considerando el subsidio del 70% anunciado en marzo:

  • 0,60% efectivo anual sobre el monto garantizado, cuando se trata de créditos en pesos y en unidades indexadas. 
  • 0,80% efectivo anual sobre el monto garantizado, cuando se trata de créditos en dólares americanos.   

Incremento transitorio del cómputo de garantías otorgadas por el SiGa en la denominada “Línea Especial de Garantías SiGa Emergencia”

El Banco Central del Uruguay, mediante comunicación Nº 2020/057 con fecha 07 de abril de 2020, puso en conocimiento de las Instituciones de Intermediación financiera que:

A los efectos de la determinación de las provisiones para riesgos crediticios, se admitirá un incremento del porcentaje de cobertura del sistema de hasta un 80% del capital financiado, respecto a garantías emitidas por SiGa en el marco de la denominada “Línea Especial de Garantías SiGa Emergencia” del Fondo SiGa Pymes, sobre créditos nuevos dentro del plazo de 6 meses del inicio de vigencia de la referida Línea.