CPA FERRERE
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Ajustes a la obligación de reporte financiero ante la DGI

Se adapta el marco normativo uruguayo sobre intercambio automático de información financiera (Common Reporting Standard o CRS), mediante el Decreto 43/026, introduciendo modificaciones al Decreto 77/017, que reglamenta la obligación de reporte de información financiera a la DGI, con el objetivo principal de actualizar las reglas sobre transparencia fiscal y el intercambio automático de información.

Entre los principales cambios, se amplía el alcance de las entidades obligadas a informar, incorporando a los emisores de dinero electrónico comprendidos en la Ley 19.210, custodios de activos financieros, entidades de inversión y aquellas que operan con criptoactivos relevantes, así como compañías de seguros que ofrezcan productos con componente de ahorro. El Decreto también define con más precisión qué se entiende por “cuenta financiera” y qué tipos de activos quedan sujetos a reporte, incluyendo valores, derivados y ciertos contratos de seguros y forward.

Se incorporan también nuevas cuentas excluidas, como son las cuentas abiertas para integraciones o aumentos de capital sujetas a ciertos requisitos específicos, y cuentas asociadas a productos de dinero electrónico cuyo saldo no supere los USD 10.000 medido como promedio móvil de 90 días. Estas precisiones complementan el régimen vigente y buscan acotar situaciones de bajo riesgo, manteniendo la coherencia con las nuevas definiciones y alcances incorporados por la actualización normativa.

Las modificaciones entran en vigor a partir del 1° de enero de 2026, aunque algunas disposiciones sobre la determinación de beneficiarios finales tendrán aplicación gradual hasta diciembre de 2027.