Consulta DGI | Fusión de sociedades por absorción con inmueble arrendado
- 11.03.2026
- Uruguay
Una Sociedad Anónima Uruguaya (SAU 1), propietaria del 100% de otra SAU (SAU 2), proyecta fusionarse por absorción, disolviéndose la SAU 2.
El principal activo de la sociedad absorbida es un inmueble que arrendaba a la absorbente, destinado al almacenamiento y procesamiento de granos.
Se consulta si la operación genera renta bruta por concepto de valor llave, conforme al literal F) del artículo 29 del Título 4 del T.O. 2023, y en particular si se cumple el requisito de mantener el o los giros de las sociedades antecesoras.
La DGI considera que, según los hechos expuestos, se cumple el requisito de mantener el o los giros de las sociedades antecesoras.
Dado que la actividad de compra y venta de granos continuará desarrollándose en el mismo inmueble tras la fusión, no se verifica una alteración sustancial del giro. En consecuencia, la operación no generaría renta bruta por concepto de valor llave en la liquidación del IRAE.