CPA FERRERE
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Decreto 334/021 y Resolución DGI 1725/021 - Productores agropecuarios - Se autoriza la cesión a determinados proveedores de certificados de crédito emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias propias y se establece mecanismo simplificado a

Mediante el decreto 334/021 se facultó a la Dirección General Impositiva a autorizar la cesión de certificados de crédito emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias propias de los productores agropecuarios, a favor de determinados sujetos pasivos, en tanto el crédito se hubiera generado hasta el 30 de junio de 2021 inclusive, a los siguientes proveedores de bienes y servicios:

  1. Bancos;
  2. Entes Autónomos y Servicios Descentralizados;
  3. Empresas Aseguradoras.

La referida cesión se materializará a través de la sustitución de dichos certificados por certificados de crédito tipo C para uso exclusivo con los referidos proveedores.

El monto máximo a ceder por productor agropecuario no podrá superar los $ 2.500.000 y el plazo para presentarse a tramitar la cesión de los certificados vencerá el 28 de febrero de 2022.

La DGI ejerció la facultad otorgada por el Decreto 334/021 a través de la Resolución 1725/021 autorizando la cesión de los referidos certificados en las condiciones previstas. En este sentido, se establece que la cesión se materializará a través de la sustitución de los certificados Tipo A cedidos, por certificados de crédito tipo C para uso exclusivo de los respectivos proveedores.