Devolución del IVA a productores apícolas que no tributen IRAE
- 02.10.2018
- Uruguay
El Decreto Nº 256/018 otorga a los productores apícolas que no tributen IRAE por dicha actividad la devolución del IVA en las adquisiciones de gasoil.
Cabe resaltar que la devolución debe corresponder solamente a aquellas adquisiciones de gasoil que sean destinadas al desarrollo de la actividad apícola.
El límite máximo del beneficio no podrá superar el 1,1% de los ingresos originados en las ventas de productos apícolas.
El decreto rige a partir del 1° de marzo de 2018, por lo que aquellos productores podrán solicitar la devolución del IVA por aquellas compras de gasoil realizadas a partir de la referida fecha.