Ley 19.989 - Extensión de la exoneración del IRAE mínimo y pagos a cuenta del IPAT para ciertas actividades:
- 11.11.2021
- Uruguay
La Ley Nº 19.956, promulgada en junio 2021, dispuso nuevas medidas destinadas a mitigar el impacto económico consecuencia del estado de emergencia nacional sanitaria declarado por el Decreto Nº 93/020, de 13 de marzo de 2020, estableciendo la reducción de aportes jubilatorios patronales, exoneración de los pagos mínimos mensuales de IRAE y exoneración de los pagos a cuenta del Impuesto al Patrimonio, para ciertos contribuyentes respecto a las obligaciones devengadas entre el 1º de enero y 30 de junio 2021.
Mediante la Ley Nº 19.989 se extienden las mencionadas medidas respecto a las obligaciones devengadas entre julio 2021 y octubre de 2021, para los contribuyentes que realicen las siguientes actividades:
- Organización y realización de fiestas y eventos, con o sin locales.
- Organización y realización de congresos o ferias nacionales e internacionales.
- Agencias de viajes.
- Transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones, de pasajeros en remises, de pasajeros en taxímetros, choferes de aplicaciones, y arrendamiento de vehículos sin chofer.
- Salas de cine, distribución cinematográfica y teatros.
- Alojamiento y alimentación incluidos en el Grupo 12, Subgrupos 1, 2, 4 ,7 y 7.1.
- Artistas y actividades conexas no publicitarias.
- Alquiler, servicio y soporte de equipos de filmación, y prestación de servicios audiovisuales para eventos en general no publicitarios.
- Educación deportiva y recreativa, administración de otro tipo de instalaciones deportivas, y actividades de clubes deportivos.