Reglamentación del régimen de envíos postales internacionales
- 14.04.2026
- Uruguay
Se reglamentan los artículos 627 a 635 de la Ley 20.446, a partir del Decreto 50/026, estableciendo un nuevo marco normativo para los envíos postales internacionales de encomiendas de hasta 20 kilogramos entre países, con intervención de operadores postales públicos o privados.
A su vez, el Decreto crea dos regímenes principales:
- Régimen de prestación única tributaria: las personas físicas o jurídicas podrán optar por pagar una alícuota única del 60 % sobre el valor de factura o declaración de valor (máximo US$ 800), en sustitución de aranceles y tributos de importación, con pago mínimo de US$ 20 por envío.
- Régimen de franquicias para personas físicas: se mantiene la franquicia anual de hasta US$ 800 exonerada de aranceles, condicionada al cumplimiento de requisitos como destino personal, uso no comercial, límites de frecuencia y medios de pago que permitan control de identidad.
La norma también fija requisitos específicos para el uso de franquicias (incluyendo registro ante la Dirección Nacional de Aduanas y controles de identidad), la responsabilidad de los operadores postales en la liquidación de tributos y el suministro de información a las autoridades aduaneras, y procedimientos de control y sanciones por incumplimiento.
Plazos de vigencia:
- El régimen de prestación única entra en vigor con la publicación del Decreto.
- El nuevo régimen de franquicias y otras disposiciones comienzan a aplicarse a partir del 1° de mayo de 2026, coexistiendo transitoriamente con el régimen anterior.