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Uruguay aprueba "Convención Multilateral para Aplicar las Medidas Relacionadas con los Tratados Fiscales para Prevenir la Erosión de las Bases Imponibles y el Tratado de Beneficios"

El Senado y la Cámara de Representantes, reunidos en Asamblea General, aprobaron la "Convención Multilateral para Aplicar las Medidas Relacionadas con los Tratados Fiscales" para Prevenir la Erosión de las Bases Imponibles y el Traslado de Beneficios (Ley N°19.814), concluida el 24 de noviembre de 2016 y suscrita Uruguay en París el 7 de junio de 2017; así como las reservas y notificaciones realizadas por el Estado uruguayo en el día de la firma.  

Cabe recordar que el propósito de esta Convención (MLI) es modificar los convenios para evitar la doble imposición suscriptos -siempre que las contrapartes así lo deseen- adoptando los estándares mínimos dirigidos a contrarrestar al abuso de convenios y mejorar los mecanismos de resolución de conflictos. A su vez, permitir a los estados fortalecer sus convenios con otras medidas de carácter convencional adoptadas en el seno del Marco Inclusivo BEPS, del cual Uruguay es miembro pleno.

El Plan de Acción BEPS (Erosión de la Base y Traslado de Beneficios, por sus siglas en inglés), fue diseñado por el Centro de Política y Administración Tributaria de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) a solicitud de los ministros de Economía del G20, países industrializados y emergentes. En dicho marco, el MLI ofrece una amplia gama de opciones dado que fue concebido con el objetivo de dotar de la mayor flexibilidad posible a todos las partes del mismo, preservando y asegurando que, cualesquiera sean las opciones adoptadas, siempre se verifique el cumplimiento del estándar mínimo.