Uruguay: Cesión de certificados de crédito por parte de productores agropecuarios
- 02.10.2018
- Uruguay
Con fecha 20 de agosto de 2018, el Poder Ejecutivo ha emitido el Decreto N° 250/018, en el cual se establece que la DGI podrá autorizar la cesión de certificados de crédito TIPO A (certificados emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias frente a DGI, propias del contribuyente) a favor de los siguientes proveedores para cancelar deudas por bienes y servicios:
- Bancos
- Entes autónomos y servicios descentralizados
- Empresas aseguradoras
Siempre que:
- El cedente tenga la calidad de productor agropecuario.
- El crédito corresponda a dicha actividad.
- Y los certificados de crédito hayan sido emitidos con anterioridad al 30/06/2018.
La cesión no podrá superar los $2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos) por cedente y deberá realizarse hasta el 28/02/2019.
La Resolución de DGI Nº 8073/018 aclara que:
- La referida cesión se materializará a través de la sustitución de dichos certificados por certificados de crédito tipo C para uso exclusivo con los referidos proveedores.
- La fecha de exigibilidad de los certificados cedidos será la del primer día del mes siguiente a aquel en que se generó el crédito original.