CPA FERRERE
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Uruguay declara promovida la actividad de electrónica y robótica

El Decreto N° 317/018 otorga determinados beneficios tributarios a la actividad sectorial de electrónica y robótica, que comprende la actividad productiva que se ocupa del diseño, construcción y/o montaje de sistemas de sensado, control automático, instrumentación, procesamiento de señales analógicas o digitales, telecomunicaciones y combinaciones de los anteriores.

Los beneficios fiscales consisten en:

  • Exoneración de todo tributo y de la intervención obligatoria de despachante de aduanas, a la importación de insumos cuyo destino exclusivo sea su utilización en el proceso de prototipado o pequeñas series de producción de la industria electrónica o robótica, cuando su monto se encuentre entre los US$ 500 y los US$ 2.000, valor de factura. 
  • En el año estas importaciones beneficiadas no podrán superar los US$ 10.000 si el importador es empresa, y US$ 30.000 si el importador es una Institución Educativa.