CPA FERRERE
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Uruguay: Decreto 73/2019 – Promoción del trabajo para personas con discapacidad

La Ley 19.691 del 29 de octubre de 2018, estableció normas de promoción de trabajo en la actividad privada para personas con discapacidad.

En este sentido, el Decreto 73 reglamentó algunas de las disposiciones de la Ley citada, dentro de las cuales se puede apreciar el ámbito de aplicación considerando al primer año, desde el 18 de noviembre de 2018 al 17 de noviembre de 2019.

Durante el mencionado año, en todo nuevo ingreso de personal, deberán emplear a personas con discapacidad que reúnan condiciones y la idoneidad para el cargo, en los siguientes porcentajes aplicados sobre la totalidad de sus trabajadores permanentes:

a) empleadores con 500 (quinientos) o más trabajadores: 3 % (tres por ciento);
b) empleadores con 150 (ciento cincuenta) o más trabajadores y menos de 500 (quinientos): 2 % (dos por ciento);
c) empleadores con 50 (cincuenta) o más trabajadores y menos de 150 (cincuenta): 1 % (uno por ciento);

Cuando por aplicación de los porcentajes referidos precedentemente resultare una cifra inferior a la unidad, pero igual o superior a la mitad de esta, se redondeará a la cantidad superior.
Si dentro de la plantilla de la empresa ya existieren trabajadores con discapacidad al momento de los nuevos ingresos, se descontará el número de aquéllos a los únicos efectos del cálculo previsto.