CPA FERRERE
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Uruguay: deducciones por gastos por servicios de tratamiento y disposición final de residuos

Mediante el Decreto 333/018, publicado el 30 de octubre de 2018, se admite deducir del IRAE los gastos incurridos en servicios de tratamiento y disposición final de residuos químicos, biológicos, y otros derivados de la actividad agropecuaria, hortofrutícola y forestal, contratados con organizaciones civiles sin fines de lucro, que ejecuten un plan de gestión de residuos en el marco del Decreto N° 152/013 (reglamentación para la gestión ambientalmente adecuada de los residuos derivados del uso de productos químicos o biológicos en la actividad agropecuaria, hortofrutícola y forestal).

Estos gastos originalmente no son deducibles pues la contraparte, por ser organización civil sin fines de lucro, no tributa IRAE, sin embargo, vía esta excepción, estos gastos serán deducibles del IRAE para las empresas que los contraten.