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Uruguay: Régimen especial de liquidación del IVA correspondiente a los intereses de préstamos

El Decreto 228/019 del 12 de agosto de 2019 modificó la redacción del artículo 121 del Decreto 220/998 (Reglamentario del IVA), el cuál establecía un régimen especial de liquidación del impuesto correspondiente a los intereses de préstamos concedidos por empresas financieras.

Con el cambio normativo, todas las empresas, cualquiera sea su actividad, podrán liquidar el IVA correspondiente a los intereses de préstamos concomitantemente con el cobro de los respectivos intereses.

Cabe señalar que la norma no modificó el tratamiento del IVA correspondiente a intereses por créditos en cuenta corriente y tarjetas de crédito, el cual se debe seguir liquidando conjuntamente con el cargo de intereses.