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Uruguay: Reglamentan otorgamiento de crédito fiscal a las empresas regidas por el derecho privado por sus gastos en actividades de investigación y desarrollo

Se reguló a través del Decreto 407/019 el otorgamiento del crédito fiscal dispuesto por la Ley Nº 19.739.

Pueden acceder a este crédito fiscal los contribuyentes del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (IMEBA) y del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) con ingresos gravados por dicho impuesto, que realicen gastos de Investigación y Desarrollo (l+D) en las condiciones y definiciones establecidas en la ley, el decreto reglamentario, normativa interna e instructivos que dicte la Agencia Nacional de Investigación e Innovación (ANll).

Para obtener este crédito fiscal las empresas deberán presentar ante ANII el proyecto e información contable y económica para su evaluación.

Las empresas cuyos proyectos sean aprobados por la ANll obtendrán un crédito fiscal por el 35% de los gastos que se admite incluir en dicho proyecto. El porcentaje se eleva al 45% en el caso de proyectos que se desarrollen conjuntamente con centros tecnológicos o universidades que acrediten ante la ANll, tener las capacidades necesarias en materia de investigación y desarrollo.

Los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado y a las empresas de propiedad estatal regidas por el derecho privado, no les corresponderá el otorgamiento de este crédito.