CPA FERRERE
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Uruguay: Se autoriza la cesión de certificados de crédito emitidos para la cancelación de obligaciones tributarias propias de los productores agropecuarios

Según la Resolución DGI 2418/019, los productores agropecuarios que dispongan certificados de crédito tipo A, en moneda nacional, podrán cederlos a bancos, entes autónomos y servicios descentralizados o empresas aseguradoras, siempre y cuando el crédito se haya originado en la actividad agropecuaria hasta el 30 de junio 2019 inclusive.

El monto máximo a ceder no podrá superar los $ 2.500.000.

El plazo para presentarse a tramitar la cesión de los certificados vencerá el 31 de diciembre de 2019.