CPA FERRERE
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Reglamentaciones de interés

Decreto 50/022 - Se fija el límite a que refiere los artículos 64 bis y 78 ter del decreto n.° 148/007, correspondiente al ejercicio 2022

Se actualiza el límite relativo al régimen opcional de liquidación simplificada del IRPF, para los contribuyentes que obtengan rentas del trabajo en relación de dependencia que no superen para el ejercicio 2022 los $ 549.600 anuales.

Se fija en $ 45.800 mensuales y en $ 549.600 anuales, el límite a que refiere el artículo 64 bis del Decreto Nº 148/007, para quedar excluido de las retenciones mensuales y del ajuste anual, respectivamente, correspondientes al ejercicio 2022. 

Decreto 37/022 - Se modifican los Decretos Nº 94/002, Nº 288/012 y Nº 203/014

Se extiende el plazo establecido en los Decretos Nº 94/002, Nº 288/012 y Nº 203/014 referidos al régimen ficto a efectos de computar la reducción del IVA correspondiente a las enajenaciones de bienes y prestación de servicios hasta el 31 de diciembre de 2022.

Decreto 22/022 - Se modifica el último inciso del artículo 17 del Decreto Nº 122/021 que determina el límite temporal para hacer uso de los límites del abatimiento del Impuesto al Patrimonio.

El límite máximo de abatimiento del Impuesto al Patrimonio y de la Sobretasa a que refiere el inciso tercero del artículo 47 del Título 14 del Texto Ordenado 1996, se extiende hasta los ejercicios acaecidos hasta el 30 de noviembre de 2021. 

Decreto 24/022 - Se modifica el artículo 1° del Decreto n° 95/002 que fija el porcentaje de anticipo del Impuesto al Valor Agregado en la importación de la carne suina

Se fija en 19% el total del anticipo correspondiente a la carne suina, grasa e hígados porcinos y despojos de especie porcina. 

Decreto 4/022 - Se fija el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1º de enero de 2022

Se establece el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) para el año 2022, en $5.164 (pesos uruguayos cinco mil ciento sesenta y cuatro). 

Decreto 14/022 – Prórroga del vencimiento de las contribuciones especiales de seguridad social generadas por actividades comprendidas en las disposiciones de la Ley Nº 15.852

Se prorroga hasta el 28 de febrero de 2022 el vencimiento de las contribuciones especiales de seguridad social generadas por actividades comprendidas en la Ley N° 15.852, correspondientes al tercer cuatrimestre de 2021, para los contribuyentes que desarrollen explotaciones agropecuarias en inmuebles localizados en departamentos comprendidos, en la Declaración de Emergencia Agropecuaria que se disponga por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Esta prórroga no exime a los contribuyentes de presentar la declaración nominada dentro del plazo correspondiente.